CREACIÓN Y DINAMIZACIÓN DE COMUNIDADES VIRTUALES EN ENTORNOS EDUCATIVOS

Objetivo General: Adquirir las competencias necesarias para aplicar el desarrollo de las comunidades virtuales como herramienta innovadora en el contexto educativo

  • 01/07/2025 - 21/07/2025
  • 60 hours

General

Contenido

CONTENIDOS FORMATIVOS:

1. INTRODUCCIÓN: LAS TIC´S EN EL ENTORNO EDUCATIVO.

1.1. El impacto de las TICs en la educación.

1.2. Funciones de las TICs en el ámbito educativo.

1.3. Ventajas e inconvenientes de las TICs.

1.4. Factores que favorecen la incorporación de internet y las TICs en el entorno educativo

1.5. Identificación de los componentes básicos de las TICs.

1.6. Utilización de las funciones de las TICs en el ámbito educativo.

2. COMUNIDADES VIRTUALES Y APRENDIZAJE DIGITAL.

2.1. Definición de Comunidad Virtual. Tipos.

2.2. Elementos que definen una comunidad virtual.

2.3. Función de las comunidades virtuales como innovación en un entorno educativo.

2.4. Procesos de aprendizaje y comunidades virtuales.

2.5. Estrategias para la interacción en las comunidades virtuales.

2.6. Moderación de una comunidad virtual.

2.7. Nuevos roles: Generación de sinergias entre los integrantes de las comunidades virtuales educativas.

2.8. Identificación de las características básicas que debe cumplir una comunidad virtual.

2.9. Análisis de las estrategias necesarias para obtener una correcta interacción en las comunidades

virtuales.

2.10. Análisis de las funciones de la comunidad virtual como innovación en el ámbito educativo.

3. DINAMIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES VIRTUALES COMO INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO

EDUCATIVO.

3.1. Perfil del dinamizador.

3.2. Competencias.

3.3. Funciones del dinamizador.

3.4. Estrategias de dinamización.

3.5. Creatividad e innovación.

3.6. Plan de dinamización versus plan de innovación.

3.7. Herramientas y procesos de gestión innovadores.

3.8. Elementos de participación y fidelización.

3.9. Acompañamiento de las dinámicas virtuales.

3.10. Análisis de las competencias y funciones de un dinamizador.

3.11. Implementación de un plan de dinamización.

4. LAS REDES SOCIALES.

4.1. Contenidos teóricos.

4.2. Las redes sociales aplicadas a la educación.

4.3. Servicios y tipos de redes sociales.

4.4. Análisis y utilización de las Redes Sociales como innovación en el contexto educativo.

4.5. Privacidad, intimidad y protección.

4.6. La legalidad de los contenidos y las nuevas tipologías de propiedad intelectual.

4.7. Análisis de las principales Redes Sociales en un contexto educativo.

4.8. Aplicación de las Redes Sociales en los procesos de innovación en el ámbito educativo.

4.9. Aplicación de las medidas de seguridad necesarias para evitar violaciones de la privacidad de los

usuarios de las redes sociales.

5. ENTORNOS VIRTUALES DE APRENDIZAJE EN LA WEB.

5.1. Introducción.

5.2. La biblioteca y la WEB 4.0.

5.3. Concepto de biblioteca 4.0.

5.4. Concepto de Web 4.0.

5.5. Tecnologías y servicios 4.0.

5.6. Perspectiva hacia los usuarios en la web 4.0.

5.7. Evolución: LA WEB 4.0.

5.8. Caracterización de la evolución de la webs y su aplicación en los procesos de innovación en el ámbito

educativo.

6. LAS WEBBLOGS.

6.1. Concepto de Blog.

6.2. Principios y técnicas de trabajo con blogs.

6.3. Terminología con blogging.

6.4. Pautas para el desarrollo de un blog.

6.5. Determinación de las características que debe cumplir un blog educativo.

6.6. Elaboración de un blog en el ámbito educativo.

7. PLATAFORMAS PARA WIKIS

7.1. El origen de Wiki. Características.

7.2. Wikis como herramienta educativa.

7.3. Configurar y editar una wiki.

7.4. Plataformas de wikis.

7.5. Sindicación de contenidos.

7.6. Configuración de una Wiki.

8. PLATAFORMAS E-LEARNING.

Becas

Beca de transporte, Las personas desempleadas que utilicen la red de transportes públicos urbanos y/o interurbanos para asistir a la acción formativa y, en su caso, a la práctica profesional no laboral en empresa, tendrán derecho a percibir la siguiente ayuda, siempre que su utilización no tenga carácter gratuito: - un euro y cincuenta céntimos (1,50 €) por día de asistencia.

Beca Transporte en vehículo propio: Se tendrá derecho a la ayuda en concepto de transporte en vehículo propio cuando el solicitante tenga minusvalía física igual o superior al 33%, o no exista medio de transporte público entre el domicilio de la persona desempleada y el del centro de formación, o existiendo, ese transporte no tenga un horario regular que permita acudir a la acción formativa y, en su caso, las prácticas profesionales no laborales en empresas.

Ayuda a la conciliación La ayuda a la conciliación tiene por objeto permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijas e hijos menores de 12 años o de familiares dependientes (65% grado discapacidad acreditado) hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre que, al inicio de la acción formativa, cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del «Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples» (IPREM). A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.

Beca Podrán percibir beca por este concepto las personas desempleadas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%, que participen en las acciones formativas y en las prácticas profesionales no laborables en empresa. Dicha situación de discapacidad y el grado de la misma deberá constar en la demanda de empleo. 

Para el supuesto de que la persona solicitante de esta beca se encuentre en trámite de actualización de su grado de discapacidad y no pueda acreditarlo en el momento de realizar la correspondiente solicitud, en base al Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, en su artículo 12.4, se especifica lo siguiente: “Cuando la Administración competente no haya revisado el grado de discapacidad en plazo, por causas ajenas a la persona interesada, se mantendrá el grado de discapacidad hasta que haya una nueva resolución.” 

También podrán percibir esta beca las mujeres víctimas de violencia de género (VVG). Dicha condición deberá constar en la demanda de empleo. La cuantía de la beca será de diez euros (10 €) de acuerdo con el artículo 7.b) del Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género. Cumpliendo con los requisitos establecidos ambas becas son compatibles entre sí para la misma solicitante.

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