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Formación Bonificada

Cursos Formación Bonificada 100% a trabajadores de empresas


El Centro Superior de Estudios ICSE ha incorporado a su proyecto de formación la nueva línea impulsada por la Administración de la formación continua bonificada a trabajadores por cuenta ajena y a las empresas.

La esencia “Formación Continua Bonificada” consiste en facilitar a los empleados/as y a las empresas usuarias del servicio, una formación de Calidad (con coste cero o reducido para la empresa) en un Centro de reconocido prestigio, avalado por 30 años de experiencia y más de 3.800 acciones formativas, con cerca de 100.000 participantes.

Un servicio formativo de fácil acceso para la empresa, en el que el Centro ICSE actúa como Entidad Organizadora, y un departamento específico se encargará de toda la tramitación requerida por la Fundación Tripartita para que la Formación sea bonificada, para que usted, como cliente, disponga de todas las facilidades a la hora de iniciar una acción formativa a “medida” con nosotros.

flecha peque&ntiça apuntando a la derechaObjetivos de Nuestro Sistema de Formación Continua Bonificada

  • Emplear el importe que cotiza la empresa y trabajador/a a la Seguridad Social por Formación Profesional a lo largo de todo el año anterior, por lo que se reduce o desaparece el coste de la acción formativa.

  • Lograr que las empresas consideren la formación de sus trabajadores y directivos como una inversión rentable, no como un gasto, siendo un elemento esencial para la mejora y el mantenimiento de su competitividad.

  • Contribuir a la adquisición de nuevos conocimientos y al reciclaje permanente para así lograr una mejor preparación y capacitación profesional del trabajador y una mayor competitividad de las empresas.

Todas las empresas que tengan sus centros de trabajo en territorio español (cualquiera que sea su tamaño y ubicación) y que deseen mejorar sus beneficios y maximizar el potencial del capital humano a través de una Formación Continua de Calidad.

flecha peque&ntiça apuntando a la derechaPara disfrutar de las correspondientes bonificaciones se requiere por parte de las empresas:

  • Haber cumplido con el requisito de información a la representación legal de los trabajadores (si la hubiere).

  • Haber realizado la formación.


flecha peque&ntiça apuntando a la derechaTrabajadores/as que pueden acceder al Sistema de Formación Continua Bonificada:

  • Trabajadores por cuenta ajena que prestan servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

  • Trabajadores fijos discontinuos en los periodos de no ocupación.

  • Trabajadores que accedan a la situación de desempleo cuando se encuentren en un período de formación.

  • Trabajadores acogidos a regulación de empleo.

flecha peque&ntiça apuntando a la derechaAcciones de Formación Continua Bonificada

  • Cursos planificados y organizados por el ICSE, dentro de la oferta general del catálogo de acciones formativas.

  • Acciones organizadas a petición de las empresas, proporcionando una formación a la medida de sus necesidades.

  • Serán desarrolladas en alguna de las siguientes modalidades: presencial, a distancia, teleformación o mixta.

flecha peque&ntiça apuntando a la derechaSistema de Bonificación

Las empresas, que coticen por la contingencia de formación profesional, dispondrán de un crédito anual que resultará de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de cuota de FP durante el año natural anterior los siguientes porcentajes de bonificación:

  • Empresas de 1 a 5 trabajadores: 420 € como crédito formativo anual.

  • De 6 a 9 trabajadores: el 100% del importe cotizado en el año anterior.

  • De 10 a 49 trabajadores: 75% del importe cotizado en el año anterior.

  • De 50 a 249 trabajadores: 60% del importe cotizado en el año anterior.

  • De 250 trabajadores o más: 50% del importe cotizado en el año anterior


flecha peque&ntiça apuntando a la derechaAplicación de la Bonificación en los documentos de Cotización a la Seguridad Social

Las bonificaciones en las cotizaciones podrán aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en que haya finalizado el grupo.

La aplicación de la bonificación exigirá que la empresa se encuentre al corriente del pago en sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social.

Se establecen dos procedimientos en función del medio de presentación de los boletines de cotización:

  • Sistema Red: los usuarios comunicarán las bonificaciones en el Fichero FAN. Las empresas que efectúen la transmisión del TC2 y realicen el pago del TC1 deberán aplicar el importe de la bonificación en la casilla 601 del TC1.

  • TC normalizado: las empresas que no presenten el TC2 a través del sistema Red, deberán aplicar el importe de las bonificaciones en un TC1 complementario con la clave de liquidación “04: complementaria” y con clave de control “95: Bonificaciones por Formación Continua” que sólo deberá contener el importe de las bonificaciones

Si desea recibir información adicional, no dude en contactar con nosotros en el correo electrónico: formacioncontinua@icse.es

flecha peque&ntiça apuntando a la derechaCofinanciación

Las empresas participarán con sus propios recursos en la cofinanciación de la formación continua que desarrollen a favor de sus trabajadores. La aportación privada que realiza la empresa es el siguiente porcentaje mínimo de cofinanciación:

  • Empresas de 1 a 5 trabajadores: 0%, esto es, no tendrá coste por cofinanciación.

  • De 6 a 9 trabajadores: la empresa debe realizar una aportación de un 5% del coste de la acción formativa.

  • De 10 a 49 trabajadores: la empresa debe realizar una aportación de un 10% del coste de la acción formativa.

  • De 50 a 249 trabajadores: la empresa debe realizar una aportación de un 20% del coste de la acción formativa.

  • De 250 o más trabajadores: la empresa debe realizar una aportación de un 40% del coste de la acción formativa

La cofinanciación podrá desarrollarse bien de forma monetaria (pagando la diferencia entre el coste del curso y el crédito ajustado a los porcentajes establecidos anteriormente) o de forma no monetaria, facilitando la empresa a los trabajadores/as que desarrollen el curso en su horario laboral (debiéndose en este caso ajustar también a los porcentajes de cofinanciación).

flecha peque&ntiça apuntando a la derechaFormulario de Adhesión a Nuestra Formación Continua Bonificada

Si desea una información más completa y personalizada no dude en rellenar este formulario y nos pondremos en contacto con usted.